17.2. Orden y disciplina

t.82

Los esgrimistas deben aplicar escrupulosa y lealmente el Reglamento y los Estatutos de la F.I.E. las reglas particulares de las pruebas en curso, las reglas tradicionales de cortesía y lealtad y acatar las órdenes de los oficiales.

Se someterán con orden, disciplina y espíritu deportivo especialmente a las prescripciones que siguen, toda infracción a estas reglas puede acarrear sanciones tomadas por las autoridades disciplinarias competentes, con o sin advertencia previa, según los casos y circunstancias (Rf. t.113 a t.120).

Todas las personas que participan o asisten a una prueba de esgrima deben respetar el orden y permanecer sin perturbar el buen desarrollo de la prueba. En el curso de los matchs, nadie está autorizado a estar aliado de la pista, dar consejos a los tiradores, criticar al árbitro o a los asesores, insultarles, o molestarles de la forma que sea. Incluso el capitán de equipo debe permanecer en el lugar que se le ha asignado y no puede intervenir mas que en el caso y en la forma previstos en el artículo t.90 del Reglamento.

El árbitro tiene la obligación de parar inmediatamente todo acto que perturbe el buen desarrollo del match (rf. t.96)

Está prohibido fumar en las salas de competición. El hecho de fumar será considerado como perturbar el orden de la prueba (rf. t.83) .

Toda infracción será sancionada según los artículos t.114,t.118,t.120.

t.83

El Arbitro y (o) el Directorio Técnico, de oficio o por requerimiento de un delegado oficial de la F.I.E. o del Comité Organizador, deciden la expulsión del lugar de la prueba, con o sin advertencia, de toda perso,na que por gestos, actitudes o palabras disturben el orden o el buen desarrollo de la prueba.