7.2. B) CAMPEONATOS DEL MUNDO

7.2.1. Campeonatos anuales

o.65

Los Campeonatos del Mundo se celebran cada año, con excepción del año en el que tienen lugar los Juegos Olímpicos, bajo la autoridad de la F.I.E. El periodo de realización es fijado por el Congreso, con una antelación de al menos dos años.

7.2.2. Candidaturas

o.66

Las candidaturas para la organización de los Campeonatos del Mundo deben ser enviadas ala sede de la F.I.E. para ser inscritas en el orden del día del Congreso Ordinario anual, en el plazo previsto en los Estatutos.

En el momento de la presentación de su candidatura la federación nacional deberá responder al cuestionario de la F.I.E. y aceptar ante el Congreso el compromiso de respetar el pliego de condiciones y sus obligaciones administrativas y financieras.

El Congreso designará la federación a la cual será confiada la organización de estos Campeonatos el año o años siguientes, precisando la fecha y fijando el lugar donde serán disputados.

En caso de que, a falta de candidatura, el Congreso Ordinario anual no hubiera podido designar una federación para la organización de los Campeonatos del Mundo del año siguiente, el Comité Ejecutivo de la F.I.E. podrá designar por si mismo una federación nacional para la organización de estos, si recibe una o varias candidaturas después del Congreso.

El Comité Ejecutivo tendrá los mismo poderes en caso de fallo de la federación nacional regularmente designada por el Congreso.

El Presidente de la federación organizadora y, llegado el caso, el propio organizador firmarán un protocolo haciendo constar su perfecto conocimiento del pliego de condiciones y de sus obligaciones administrativas y financieras.

7.2.3. Inscripciones

o.67

Los Campeonatos del Mundo están abiertos a todas las federaciones afiliadas ala F.I.E. Las inscripciones están limitadas a cuatro tiradores por arma por país para las pruebas individuales ya un equipo por arma por país para las pruebas por equipos.

7.2.4. Arbitraje

o.68

El arbitraje en los Campeonatos del Mundo estará asegurado por los árbitros elegidos por el Comité Ejecutivo de la F.I.E., a propuesta de la Comisión de Arbitraje. Los gastos relativos al alojamiento y viaje de los árbitros serán a cargo de la F.I.E.

7.2.5. Invitación a los dirigentes internacionales

o.69

Toda proposición de candidatura para los Campeonatos del Mundo deberá ser objeto de un estudio "in situ" por un miembro del Buró o del Comité Ejecutivo, por invitación de la federación candidata. Los organizadores tienen obligación de invitar a su cargo (viaje ida y vuelta en avión, clase turista, alojamiento y manutención) a los dirigentes internacionales siguientes:

  1. El Presidente de la F.I.E. o su representante que preside los Campeonatos del Mundo y debe en especial controlar el buen funcionamiento del Directorio Técnico.

  2. Un Jefe de Protocolo designado por el Presidente de la F.I.E.

  3. Seis miembros del Directorio Técnico, uno de ellos del país organizador, designados por el Comité Ejecutivo de la F.I.E.

  4. Tres miembros de la Comisión SEMI, designados por el Comité Ejecutivo de la F.I.E.

  5. Cuatro miembros del Comité de arbitraje (de los cuales uno será el delegado principal) designados por el Comité Ejecutivo de la F.I.E.

  6. Dos miembros de la Comisión Médica designados por el Comité Ejecutivo de la F:I.E.