| REGLAMENTO ORGANIZACIÓN | ||
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Los Juegos Regionales reconocidos por la F.I.E. son los mismos que aquellos reconocidos por el COI. en los cuales la esgrima figura dentro de su programa deportivo (por ejemplo los Juegos Mediterráneos, los Juegos Panamericanos, los Juegos de América Central y del Caribe, los Juegos Asiáticos, etc...), añadiendo los Juegos de la Commonwealth.
Las reglas de la F.I.E. deben ser aplicadas en todos los casos no previstos por los reglamentos de loS Juegos Regionales adoptados por el COI.
a) Delegado Técnico de la F.I.E. El Delegado Técnico de la F.I.E., que representa a ésta última según el reglamento olímpico para los Juegos Regionales, será designado por el Presidente de la F.I.E., bien entre los miembros del Comité Ejecutivo, bien entre los miembros de honor, los miembros de las comisiones de la F.I.E. o los presidentes de las federaciones nacionales que residan a una distancia razonable de los Juegos Regionales.
Los gastos de este representante (transporte en avión en clase turista, alojamiento y manutención) serán a cargo del Comité Organizador.
b) Oficiales técnicos y árbitros. El reglamento olímpico para los Juegos Regionales estipula que el control de todas las organizaciones técnicas de estos Juegos, incluida la designación de los árbitros y los oficiales, debe ser confiada a las federaciones internacionales. El Comité Organizador debe hacerse cargo de los gastos (transporte en avión clase turista, alojamiento y manutención) de los oficiales siguientes:
Directorio Técnico. 2 miembros extranjeros si el Directorio Técnico comprende 3 miembros; 5 miembros extranjeros si el número es de 6. El Directorio Técnico es designado por el Comité Ejecutivo de la F.I.E. tras consulta del Comité Organizador.
Control de material. 1 ó 2 representantes de la Comisión SEMI de la F.I.E. según la importancia de las pruebas de esgrima en estos Juegos. Estos representantes son designados por el Comité Ejecutivo de la F.I.E. tras consulta del Comité Organizador.
Delegado de arbitraje. Un representante de la Comisión de Arbitraje de la F.I.E. designado por el Comité Ejecutivo tras consulta del Comité Organizador.
Árbitros neutros. 2 ó 3 árbitros internacionales, según la importancia de las pruebas, provenientes de países de fuera de la región de los Juegos, designados por el Comité Ejecutivo de la F.I.E. tras consulta del Comité Organizador.