7.5. E) PRUEBAS DE LA COPA DEL MUNDO

7.5.1. Generalidades

o.79

a) La denominación [pruebas de la Copa del Mundo] se aplica a las pruebas siguientes:

o.80

b) El calendario de pruebas de la Copa del Mundo, individuales y por equipos, es establecido en la reunión de Calendario que tiene lugar con motivo de los Campeonatos del Mundo júnior, a propuesta de la Comisión de Promoción, que tendrá en cuenta los siguientes elementos:

Este calendario será distribuido a todas las federaciones nacionales y sometido al Congreso para su aprobación.

Una vez fijadas por el Congreso, las fechas de estas competiciones son inamovibles y no pueden ser modificadas salvo fuerza mayor debidamente constatada por el Comité Ejecutivo de la F.I.E.

Todo cambio de fecha no autorizado por la F.I.E. entraña la descalificación de la prueba.

o.81

c) Si una federación desea cambiar para la temporada siguiente el lugar de celebración de una prueba ya admitida en Copa del Mundo, debe presentar la petición a la Comisión de Promoción y demostrar que se trata de la misma organización y que todos los criterios serán perfectamente respetados.

o.82

d) Una vez establecido el calendario de torneos de la Copa del Mundo individual y por equipos, la F.I.E. elegirá, teniendo en cuenta las posibilidades de difusión televisiva y de acuerdo con los eventuales organizadores, las pruebas individuales de la temporada que obtendrán la etiqueta "Grand Prix».

Un pliego de condiciones específico de estas pruebas establecerá las condiciones especiales de organización. Los organizadores deberán comprometerse por escrito a respetar estas condiciones, así como las obligaciones financieras correspondientes.

7.5.2. Criterios

7.5.2.1. a) Admisión

o.83

Una prueba individual no puede ser admitida o mantenida en Copa del Mundo si no responde a los criterios siguientes:

7.5.2.2. b)Observador

o.84

Los organizadores de las pruebas de la Copa del Mundo, individuales y por equipos, sénior y júnior, deberán asegurarse de la presencia de un observador de la F.I.E. de nacionalidad diferente de aquella del país organizador, cuyo papel será verificar que la prueba cumple bien los criterios de la Copa del Mundo.

El viaje, alojamiento y manutención del observador, según la normativa actualizada periódicamente por el Comité Ejecutivo de la F.I.E., son a cargo del organizador.

Este observador, miembro de una Comisión de la F.I.E. o del Comité Ejecutivo, será designado por el Comité Ejecutivo de la F.I.E. antes del 30 de Septiembre a propuesta del Buró de la F.I.E.

El observador deberá rendir cuentas por escrito a la Comisión de Promoción del respeto a los criterios de la Copa del Mundo y podrá facilitar consideraciones relativas al arbitraje ya la organización general. Debe intervenir ante el Directorio Técnico si éste último no aplica el reglamento de la F.I.E.. El observador debe asistir obligatoriamente a la designación de los árbitros para la final (Rf. t.39). El observador realiza las funciones de un supervisor para todos los puntos del Reglamento, de los Estatutos y del Reglamento Administrativo que no estén previstos o para su interpretación.

Además, este observador tiene la competencia de transmitir al Buró de la F.I.E. los asuntos importantes.

o.85

7.5.3. Participación

o.86

a) En Europa, para cada arma, las federaciones extranjeras podrán inscribir 8 tiradores más un número igual al de sus nacionales que figuren entre los 32 primeros de la Copa del Mundo precedente. El país organizador podrá inscribir 24 tiradores más un número gual al de sus nacionales que figuren entre los 32 primeros de la Copa del Mundo precedente.

Fuera de Europa, el número de participantes es:

o.87

b) Se recomienda a las delegaciones enviar sus inscripciones en principio al menos 3 semanas antes de la fecha de la prueba.

Las federaciones deben indicar 8 días antes de la fecha de las pruebas el número exacto de sus participantes y sus nombres.

Los organizadores pueden rechazar la inscripción de tiradores que no figuren en listas conformes a esta recomendación y deben rechazar toda inscripción que no sea solicitada por una federación. La confirmación de inscripciones debe ser efectuaqa en la llamada inicial de los tiradores (Rf.artículo o.31).

c) Los tiradores que tengan la edad de participar en los Campeonatos del Mundo júnior siguientes pueden disputar las pruebas de la Copa del Mundo júnior de la temporada deportiva.

7.5.4. Árbitros

o.88

El número de árbitros A, B o C que deben acompañar a las delegaciones en los torneos de categoría A y [Grand Prix] es:

Cuando una federación aporta un número insuficiente de árbitros, se le aplica la sanción siguiente:

-ingreso ala F.I.E. de una sanción de 1.000 FF por cada árbitro que falte, acordada por el Directorio Técnico de la prueba en presencia del observador oficial de la F.I.E.

Las federaciones deben enviar a los organizadores de pruebas de Copa del Mundo la lista de los árbitros que se pondrán a disposición del Directorio Técnico.

7.5.5. Copa del Mundo por equipos

o.89

  1. Cada organizador de un torneo de Copa del Mundo sénior puede organizar una prueba por equipos el día siguiente a la final de la competición individual.

  2. La inscripción del equipo deberá ser anunciada al mismo tiempo que la inscripción a la prueba individual.

  3. La competición sólo puede ser disputada si reúne al menos cinco equipos.

  4. Los equipos se componen de tres tiradores de la misma nacionalidad, con o sin reserva, pero esta composición de los equipos puede ser modificada sin límite durante la temporada.

  5. Los puntos de la Copa del Mundo por equipos son atribuidos según el baremo abajo indicado:

  6. Para el ranking de la Copa del Mundo por equipos, serán contabilizados los cuatro mejores resultados, con un máximo de tres resultados conseguidos en la misma zona continental.

  7. Los organizadores deben hacer un acta de candidatura en la misma forma y plazo que para las prueba individuales de la Copa del Mundo.

7.5.6. Rankings individuales

Existen 2 rankings F.I.E. individuales:

7.5.6.1. 1. Ranking de la Copa del Mundo individual

o.90

a) Principio

El ranking de la Copa del Mundo es establecido cada año por el Buró de la F.I.E. después de la última competición de Copa del Mundo de la temporada y antes de los Campeonatos del Mundo o los Juegos Olímpicos, para cada arma y para las categorías júnior y sénior.

b) Baremo de puntos

El ranking es establecido según el baremo del ranking oficial de la F.I.E. siguiente (Rf. o.91 ), sin tener en cuenta los puntos atribuidos en los Campeonatos del Mundo o en los Juegos Olímpicos.

c) Utilización

El ranking de la Copa del Mundo es utilizado para establecer anualmente las cuotas atribuidas a cada país para las pruebas de la Copa del Mundo correspondientes a la temporada deportiva siguiente, así como para clasificar eventualmente a los participantes del Masters del año en cuestión.

d) Palmarés

El palmarés de cada una de las Copas del Mundo sénior será proclamado en el transcurso de los Campeonatos del Mundo o de los Juegos Olímpicos. El palmarés de las Copas del Mundo júnior a las seis armas será proclamado en el transcurso de los Campeonatos del Mundo júnior.

7.5.6.2. 2. Ranking oficial de la F.I.E.

o.91

  1. Principio

  2. Baremo de puntos

    El ranking se hará sobre la escala de puntos siguientes:

    Sólo los tiradores que hayan participado efectivamente en un tablón de eliminación directa podrán recibir puntos.

  3. Palmares

    Al final de los Campeonatos del Mundo o Juegos Olímpicos, será proclamado el ranking oficial de la F.I.E., teniendo en cuenta la competición que acaba de terminar.